CANAL DE DENUNCIAS

CANAL DE DENUNCIAS

El Canal de Denuncias es el canal interno a través del cual cualquier persona podrá comunicar cualquier hecho o conducta irregular, ilícito o delictivo producido en el seno de la Fundación Isonomia.

Este canal se configura como canal de denuncias interno regulado en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que incorpora la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informan sobre infracciones del derecho de la Unión.

El órgano encargado de la recepción de las denuncias a través del Canal de Denuncias interno es la Secretaria General. Esta determinará la persona o las personas adecuadas para encargarse de la investigación de los hechos denunciados.

Requisitos y denuncias anónimas

El canal interno de denuncias consistirá en el siguiente formulario web: www.canaldenuncies-isonomia.uji.es

El formulario permite la presentación de denuncias anónimas, aunque es posible la identificación de la persona denunciante, debiendo hacer constar en el formulario de denuncias la siguiente información:

1. Datos de la persona denunciante (opcional): nombre y apellidos, NIF, NIE o pasaporte, y al menos un medio de contacto, número de teléfono o correo electrónico.
2. Identificación de la persona denunciada: hay que indicar la mayor cantidad de datos posible para permitir su identificación (nombre y apellidos, cargo, etc.).
3. Exposición de los hechos denunciados de la manera más detallada posible.
4. Documentación, si procede.

El Canal de Denuncias garantiza en todo momento la confidencialidad de las comunicaciones y la indemnidad de la persona comunicante. Debe tenerse en cuenta que, en el caso de denuncias anónimas, no será posible recibir contestación ni información sobre la tramitación o estado de la denuncia.

Funcionamiento

La persona denunciante recibirá un acuse de recibo en el plazo máximo de 7 días desde la recepción de la denuncia.

Las actuaciones se extenderán por un periodo máximo de tres meses desde el acuse de recibo, que podría ampliarse a seis cuando sea necesario debido a circunstancias específicas del caso, en particular la naturaleza y la complejidad del objeto de la comunicación, que puedan justificar esta ampliación.
Cuando los hechos pudieran ser indiciariamente constitutivos de delito se remitirá la información al Ministerio Fiscal con carácter inmediato. En el caso de que los hechos afecten a los intereses financieros de la Unión Europea, se remitirá a la Fiscalía Europea.
En el caso de que se incluyan datos personales en las comunicaciones o informaciones recibidas, los mismos serán tratados de forma reservada con el fin de llevar a cabo las tareas de análisis e investigación de los hechos.

La información detallada sobre el tratamiento y los derechos que la normativa reserva a las personas interesadas puede consultarse en la página web de Tratamientos de datos en la Universitat Jaume I.

Vías alternativas

La denuncia también puede tramitarse a través de las siguientes vías:

a) Por correo postal:
Universitat Jaume I
Canal de denuncias
Edificio de Rectorado
Avenida de Vicent Sos Baynat, s/n
12071 – Castelló de la Plana

b) Por correo electrónico:
canaldenuncies@uji.es

c) Verbalmente, por vía telefónica o a través de sistema de mensajería de voz (+34 964 729 018). A solicitud de la persona informante, también podrá presentarse mediante una reunión presencial dentro del plazo máximo de 7 días.

Si procede, se advertirá a la persona que la comunicación será grabada y se le informará del tratamiento de sus datos de acuerdo con el que establece el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016.

Asimismo, para la denuncia de cualquier conducta irregular o posibles supuestos de fraude puede utilizarse el canal externo que facilita la Agencia Valenciana Antifraude.

Buzón de denuncias de la Agencia Valenciana Antifraude

Si se trata de posibles supuestos de fraude puede utilizarse el canal que facilita el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA).

Comunicación de información sobre fraudes o irregularidades que afectan a fondos europeos.